- Ser mexicano (a) por nacimiento y no haber adquirido otra nacionalidad;
- Ser soltero (a) y no vivir en concubinato;
- Tener dieciocho años cumplidos y no ser mayor de treinta. Cuando las necesidades del servicio lo justifiquen y previa autorización de la Secretaría de la Defensa Nacional, los mayores de treinta años podrán causar alta como Técnicos y Especialistas (estudios a nivel Técnico y Licenciatura);
- Personal masculino contar con Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional;
- Para ambos sexos contar con los documentos originales siguientes:
- Credencial del Instituto Federal Electoral;
- Clave Única de Registro de Población (CURP);
- Acta de Nacimiento Certificada, y
- Certificado de Educación Secundaria.
- Acreditar buena conducta mediante constancia expedida por la autoridad administrativa del lugar de su residencia (representantes de colonia, delegado o ayudantes municipales);
- Para personal auxiliar especialista (Licenciados y Técnicos), tener los conocimientos inherentes a su especialidad, y acreditarlos mediante Diploma, Certificado, Titulo y Cédula Profesional o Acta de Examen elaborada por el Organismo donde desea causar alta;
- Estar sano y apto clínica y psicológicamente para el servicio de las armas, lo que se acreditará mediante el certificado médico expedido por el Escalón Sanitario correspondiente, conforme los exámenes médicos y psicológicos del Reglamento de Reclutamiento de Personal para el Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, y
- Tener la estatura mínima siguiente:
Personal masculino en Unidades, Dependencias e Instalaciones, 1.63 metros;- Personal femenino en Unidades, Dependencias e Instalaciones, 1.55 metros;
- Que la braza sea proporcional a la estatura mínima en cada género.
- Servicio médico integral para el militar y sus derechohabientes;
- Prestaciones y beneficios económicos al ingreso al Instituto Armado:
- Haber y sobrehaber mensual.
- Primas vacacionales.
- Compensación de fin de año.
- Fondo de ahorro.
- Compensación por servicios.
- Seguro de vida.
- Seguro colectivo de retiro.
- Ayuda para gastos de sepelio en caso de defunción de derechohabientes del militar.
- Pagas de defunción en caso de muerte del militar.
- Servicio funerario.
- Centros de bienestar infantil.
- Farmacias económicas.
- Tiendas y centros de servicio.
- Casa habitación en renta.
- Periodos vacacionales y otorgamiento de licencias ordinarias.
- Pensión para los derechohabientes en caso de muerte del militar.
- Servicios turísticos realizados mediante convenios con sociedades civiles y otras Dependencias Federales.
- Becas ISSFAM (para hijos del personal militar con jerarquía de Soldado a Sargento 1/o.).
- Convenios con universidades e instituciones educativas para realizar estudios a nivel superior, maestría y doctorado dependiendo de la escolaridad con que cuente el interesado.
- Becas y créditos de capacitación científica y tecnológica dependiendo de la escolaridad con que cuente el interesado.
- Prestaciones y beneficios económicos cumpliendo ciertos requisitos;
- Haber de retiro después de 20 años de servicios prestados al Instituto Armado.
- Casa hogar para retirados para personal retirado con más de 60 años de edad.
- Préstamos Quirografarios Normal (a partir 1 Año, 2 Meses de tiempo de servicios para jerarquía de Soldado hacia adelante), Especial (a partir de 10 años de tiempo de servicios para personal de Sargentos 2/os. y Cabos y de 8 Años para Sargento 1/o.).
- Préstamos hipotecarios para personal de tropa con más de 7 años de servicios por parte del Banco del Ejército y con 10 años por parte del I.S.S.F.A.M.
- Reconocimientos y recompensas con motivo de actos sobresalientes en las diferentes actividades que desarrolla en el Instituto Armado.
- La posibilidad de ingresar a alguno de los planteles militares de formación, a fin de superarse profesionalmente